La Ley N° 21.442, publicada el 13 de abril de 2022, deroga la antigua Ley 19.537 sobre copropiedad inmobiliaria y moderniza el régimen legal de los condominios chilenos. Su reglamento fue publicado el 9 de enero de 2025, y desde el 9 de enero de 2026 las comunidades deben tener su reglamento de copropiedad adecuado a la nueva normativa.
¿Qué seguro exige la Ley 21.442?
La ley establece que todos los condominios deben contar obligatoriamente con un seguro colectivo contra incendio que cubra al menos la estructura del edificio y los bienes comunes. Esta obligación recae sobre el administrador o el comité de administración, que debe contratar la póliza y mantenerla vigente.
El incumplimiento puede generar responsabilidad civil para el administrador y el comité, además de problemas en la cobertura ante un siniestro.
Coberturas adicionales sugeridas
Aunque la ley solo exige incendio, el mercado ofrece pólizas integrales que cubren:
Sismo: imprescindible en el contexto chileno.
Daños por agua: siniestros frecuentes en edificios verticales.
Responsabilidad civil de áreas comunes: reclamos de terceros por accidentes en escaleras, ascensores, piscinas, etc.
Robo de bienes comunes: equipos, herramientas y mobiliario comunitario.
Vidrios y cristales: costos de reemplazo en fachadas y áreas comunes.
Norma técnica CMF 556 / 557
La Comisión para el Mercado Financiero reguló este seguro mediante las Normas de Carácter General N° 556 y 557. La normativa permite que el seguro colectivo del condominio cubra opcionalmente las unidades individuales y, en algunos casos, sustituya el seguro hipotecario que exige el banco —siempre que las coberturas sean equivalentes.
¿Quién contrata y cómo se prorratea?
Habitualmente la administración, en representación de la comunidad, contrata la póliza colectiva. El costo se prorratea entre los copropietarios según el porcentaje de derechos de cada unidad sobre los bienes comunes, conforme al reglamento de copropiedad.
Cómo se cumple en la práctica
Adecue su reglamento de copropiedad antes del 9 de enero de 2026 si aún no lo hizo. Su administrador o un abogado especializado puede asesorarle.
Levante el catastro de las pólizas individuales que tienen los copropietarios. Esto permite identificar brechas y dimensionar la póliza colectiva.
Solicite cotización entre varias aseguradoras antes de renovar. Comparar permite optimizar la prima y la cobertura efectiva.
Documente la decisión en asamblea con un comparativo escrito que respalde la elección de la aseguradora.
En Seguros Gaete asesoramos a comunidades sin costo: cotizamos la póliza colectiva en doce aseguradoras y le entregamos un catastro gratuito de las pólizas individuales de los copropietarios.
Fuentes
Información orientativa; no constituye oferta. Las coberturas y obligaciones aplicables se rigen por el texto vigente de la ley, el reglamento de copropiedad y el condicionado de la póliza. Seguros Gaete Corredores — Corredora de Seguros, Registro CMF N° 3575.
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